La jubilación ejecutiva es una modalidad de tramitación, de algunas jubilaciones, implementada por el IPS, básicamente, para evitar el congestionamiento en las oficinas DEL Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos aires y de la Dirección General de Cultura y Educación, de las personas que van a iniciar su trámite previsional.
El mismo se erige como una suerte de salvación a la burocracia de papeles y trámites que debe realizar el docente para obtener su beneficio previsional.
Lo cierto, es que trae muchas ventajas pero también, arrastra muchos inconvenientes, que la persona desconoce, hasta que le sale el beneficio previsional, con un haber mucho más bajo del esperado.
El primer inconveniente es que solo lo pueden iniciar aquellos agentes, que poseen una carrera pura de Provincia, es decir, que si usted posee servicios mixtos ( Anses u otra caja previsional, además de los servicios provinciales) no puede hacer uso de ésta modalidad.-
El segundo inconveniente es la falta de organización interna de los organismos intervinientes, es sabido que la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, posee en forma INCOMPLETA, los registros de los servicios docentes, cuando comenzaron la carrera laboral como suplentes, provisionales, etc, basta con analizar las fojas de servicios ( que no están informatizadas) para dar cuenta de ello.
Por otro lado, en el caso de las jubilaciones docentes, cuyos historiales laborales a veces resultan complicados presentándolos en formato papel, ya que como saben el docente muchas veces ,si es profesor, sube , baja horas, con motivo de la reforma educacional, se ha visto en la obligación de articular las horas en varias escuelas, resulta dudoso como se puede trabajar un historial tan complicado sin documentación adicional y todo on line.
El problema surge cuando el docente carga todos los datos, espera el alta de jubilación y cuando llega el momento del cobro se encuentra con un haber mucho más bajo del esperado, ya sea, porque no le han reconocido el mejor cargo solicitado o, la simultaneidad que correspondía, precisamente por falta de documentación respaldatoria, que el docente no puede presentar porque el trámite es on line, en este caso hasta que no salga la jubilación definitiva , esa persona, deberá percibir el haber jubilatorio arbitrariamente determinado por el IPS unos 4 años aproximadamente hasta que pueda iniciar el reclamo pertinente.
Si bien es cierto , que en algunos casos resulta muy buena esta modalidad, la misma se limita a cargos muy simples y a carreras que se han desempeñado en una sola escuela y un solo organismo previsional, lo que acota de manera considerable el margen de amplitud de , este beneficio, promocionado para todos, pero que por ahora no resulta tan seguro para el docente.
Lo mas seguro, es presentar la documentación en formato papel, las pruebas necesarias y, de esa forma, asegurarse que el haber jubilatorio inicial sea el previsto por el docente a la hora de tomar la decisión tan importante de CESAR en su cargo y jubilarse.
Resulta importante, conocer las ventajas y desventajas de la jubilación ejecutiva, porque el docente se jubila una vez en la vida y para ello, trabajo intensamente al menos 25 años, pensando en el cargo con el que se va a jubilar, trabajando 2 o 3 cargos durante muchos años, trasladándose de una escuela a otra y merece que su jubilación sea acorde al esfuerzo realizado y al trabajo invertido. Pero sobre todo merece que los procedimientos sean claros, seguros, porque lo que esta en juego, es su haber previsional, habría que ver si en realidad se busca practicidad en el trámite, o ahorrar dinero pagando menos y tratando que el reclamo dure el mayor tiempo posible.