Legaleslaplata informa que hemos implementado un nuevo servicio de consultas a distancias, para aquellos docentes que se ven imposibilitados de asistir al estudio.
El objetivo del mismo es brindar, ante el pedido de docentes del interior, un servicio de asesoramiento a distancia, destinado a responder a interrogantes del mismo al momento de tomar la decisión de jubilarse.
Como sabemos que la misma, requiere una serie de respuestas importantes y previas a la tan pensada y ansiada jubilación, hemos implentado éste servicio.
Para más información envienos un mail a legaleslaplata@yahoo.com.ar y con gusto le solicitaremos toda la información para asesorarlo correctamente y en forma responsable.
Recuerde, nos especializamos en el derecho previsional docente.-
Etiqueta: docente
COMPRA DE AÑOS COMUNES PARA LLEGAR A LOS 25 AÑOS DOCENTES
MARIA DEL CARMEN DE TRES ARROYOS NOS CONSULTA
TENGO 23 AÑOS DOCENTES Y 53 DE EDAD. QUISIERA SABER SI PUEDO COMPRAR LOS AÑOS QUE ME FALTAN Y JUBILARME POR LA AUTOMATICA DOCENTE
Recordemos que el docente se jubila con 25 años de servicios y 50 de edad.
En este caso María del Carmen nos cuenta que tiene 23 años docentes, y desea saber si puede comprar los 2 años que le faltan y jubilarse por la automática docente.
Si bien en su consulta, no hace referencia al rol de caja, inferimos que es el IPS, porque solo el instituto posee la modalidad de automática docente.
La única forma de adquirir años, es mediante la moratoria previsional de la ley 24476.
Esta ley permite comprar años comunes a un valor histórico, es decir al costo que tenían en ese momento, realizar la moratoria, iniciar el reconocimiento de servicios en Anses, y luego llevarlos a pcia.
Es necesario prestar atención a 2 situaciones:
1- Para comprar años comunes y llevarlos a docentes, es necesario prorratear tanto años de servicios como la edad jubilatoria, recordemos que los años docentes valen mas que los comunes.
2- También debemos estar inscripto previamente en autónomo, esto obedece a la nueva circular de Anses, vigente desde octubre del 2010, que establece este requisito, para reconocer los años por moratoria que deseamos hacer valer en otra caja previsional, como es el caso de María Del Carmen.
3- El docente que realice este trámite no podrá iniciar la jubilación automática docente, deberá realizar la jubilación ordinaria y solicitar el anticipo jubilatorio del 60 %, esto obedece a normativas del IPS vigentes desde julio 2010.
JUBILACIÓN DOCENTE ANSES
Los Docentes que poseen más años aportados en el sistema Previsional Nacional, se jubilan por Anses, con la jubilación Docente de la ley 24016.
Los requisitos para acceder a la misma son:
25 años de servicios, de los cuales 10 deben ser al frente directo de alumnos.
Las mujeres necesitan tener 57 años, mientras que los hombres precisan tener 60 años.
Cuando los servicios sean desempeñados en establecimientos “ muy desfavorables” o, de “educación especial”, se computaran 4 años cada 3 años de desempeño.
La determinación del haber de los docentes que se jubilan con la ley 24016 , es del 82 % de lo que perciban al momento del cese.
Por eso es imprescindible que al momento del otorgamiento del beneficio previsional perciban su sueldo completo.
Con respecto a la movilidad del haber jubilatorio se aplica el mismo régimen que para las jubilaciones ordinarias. Tendrán el aumento anual del 11 al 14 %, generalmente dividido en dos pagos.
Considero importante señalar que los docentes que deban realizar un Cierre de Cómputos en Provincia deben tener el reconocimiento de servicios expedido por el IPS para hacer valer esos años docentes en Anses.
INFORMACIÓN PARA AQUELLOS DOCENTES QUE NO POSEEN 25 AÑOS DE SERVICIOS Y DESEAN JUBILARSE
Este artículo tiene por finalidad informar a los docentes sobre algunas alternativas que existen, cuando los años de servicios docentes
no alcanzan, para reunir los requisitos para poder jubilarse
Cierto es, que en algunos casos, la actividad docente ha comenzado a desempeñarse tarde, ya sea, porque la persona ha estudiado mas grande, porque ha comenzado a trabajar después de los 30 o, por innumerables hipótesis que si bien no vienen al caso se ven reflejado en el siguiente artículo.
Puede pasar, que llegado a la edad de jubilarse (50 años), la misma no sea acompañada por los años de servicios requeridos en el artículo de la ley 9650.
En estos casos puede ocurrir que:
1- Antes de los servicios docentes, se hayan desempeñado servicios comunes, y que esos servicios se hayan aportado a la misma caja previsional, o a otra.
2- Que no se hayan realizado aportes a ninguna caja previsional.
Premio Docente
Retribución especial más conocida como
«Premio Docente»
El muy conocido entre los docentes denominado PREMIO, obedece a una retribución especial que se les abona a los mismos, y a todos los integrantes de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires, los que, reuniendo determinados requisitos que a continuación se detallarán, podrán acceder a la tan ansiada recompensa por la labor desarrollada, consistente en el cobro de seis sueldos, cuyo monto se determina al momento del cese.
REQUISITOS PARA JUBILARSE EN ANSES
Requisitos mínimos que se exigen para obtener el beneficio previsional. (ANSES)
Fuente: www.anses.gov.ar
Jubilación Ordinaria:
Se requiere 60 años de edad en las mujeres y 65 años en los hombres, en ambos casos este requisito deberá ser acompañado con 30 años de servicios.
Si usted tiene la edad, pero no los años de servicios, puede acceder a la jubilación comprando a través de la moratoria establecida por la ley 24476 los años que le faltan.
