Garantías en los contratos

imagesSalí como garante en un contrato ¿Qué obligaciones tengo? ¿Cuáles son las consecuencias si la persona a la que le di el aval no cumple con la obligación?

Es muy común que en la vida cotidiana nos encontremos realizando diferentes operaciones comerciales, como por ejemplo adquirir un auto «contrato de compraventa», alquilar una casa «contrato de locación», o salir de garantía en alguna operación, en un alquiler, en la compra a crédito de una cosa, en fin, hay muchas opciones para ejemplificar, en estos casos, las obligaciones que se crean en cabeza del inquilino, amigo o familiar alcanzan también al garante, esta «eventual» responsabilidad surge a raíz del incumplimiento del contrato por quien alquila o compra, y hacen al garante responsable en forma solidaria.

Pero, ¿que significa salir de garantía en una operación y cual es su alcance en caso de incumplimiento de la persona a la cual le salimos de fiador?

En principio podemos mencionar que la garantía se solicita para dotar de una mayor seguridad jurídica, al cumplimiento de una obligación o pago de una deuda. La garantía personal es una forma de contrato por el que una persona física o jurídica asegura el cumplimiento de una obligación (principal) contraída por otra persona.

Ahora bien, cuando nos encontramos en la situación de salir de garantía a un amigo o familiar, como mencioné anteriormente, es necesario conocer el alcance de esa obligación que estamos contrayendo.

Es importante saber, que en caso de incumplimiento de la obligación, el acreedor de la misma podrá reclamar el cumplimiento, a cualquiera de los obligados, es decir, contra nuestro amigo o familiar al cual salimos de garante, o contra nosotros o, utilizando una tercera opción, contra ambos. Si bien es cierto que el garante puede solicitar que primero se reclame al deudor principal de la misma (beneficio de excusión), lo cierto es que si el deudor, no puede hacer frente a esa obligación, el acreedor reclamará directamente al garante el cumplimiento de la misma.

Ahora bien, la obligación del garante, en el caso de un alquiler, no se limita al plazo de duración del contrato, sino que se extiende hasta que el inquilino desocupe totalmente el inmueble y devuelva las llaves, acompañada de la conformidad por escrito y con la firma del propietario del inmueble. Es por ello que el garante también responde en el caso que el inquilino deje deudas de servicios o el inmueble en mal estado, cuando no se haya dejado depósito previo o que el mismo no alcance a cubrir esta eventualidad.

Siempre que uno salga de garantía, debe analizar todas las posibilidades que pueden ocurrir y también ver el caudal económico de la persona a la cual le vamos a salir de fiador, en caso de que ya se haya realizado la operación y nuestro amigo o familiar no esté cumpliendo con la obligación a la cual le dimos el aval le recomendamos consulte las posibles consecuencias del mismo para evitar inconvenientes en su patrimonio.

3 comentarios en «Garantías en los contratos»

  1. Agradezco a los Dres.Lazzatti Micaela, Mónico María Agustina y Ferrero Fernando por el trabajo y la dedicación en la causa en la cual me defendieron, y me acompañaron, siendo que la audiencia fue en Gran Bs As. y no tuvieron ningún problema en defenderme a pesar de la distancia.
    Muchas gracias
    Moira y Jorge(Ituzaingó)

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