Los Docentes que poseen más años aportados en el sistema Previsional Nacional, se jubilan por Anses, con la jubilación Docente de la ley 24016.
Los requisitos para acceder a la misma son:
25 años de servicios, de los cuales 10 deben ser al frente directo de alumnos.
Las mujeres necesitan tener 57 años, mientras que los hombres precisan tener 60 años.
Cuando los servicios sean desempeñados en establecimientos “ muy desfavorables” o, de “educación especial”, se computaran 4 años cada 3 años de desempeño.
La determinación del haber de los docentes que se jubilan con la ley 24016 , es del 82 % de lo que perciban al momento del cese.
Por eso es imprescindible que al momento del otorgamiento del beneficio previsional perciban su sueldo completo.
Con respecto a la movilidad del haber jubilatorio se aplica el mismo régimen que para las jubilaciones ordinarias. Tendrán el aumento anual del 11 al 14 %, generalmente dividido en dos pagos.
Considero importante señalar que los docentes que deban realizar un Cierre de Cómputos en Provincia deben tener el reconocimiento de servicios expedido por el IPS para hacer valer esos años docentes en Anses.