Información para aquellos Docentes que se desempeñan o se desempeñaron, como Docentes en Jardines Maternales

El presente artículo tiene por finalidad informar a los docentes, sobre los aportes realizados en Jardines Maternales, en cuanto a la calidad de los mismos y, si pueden utilizarlos como servicios docentes.
Ante todo quisiera realizar una salvedad, existen en la actualidad, GUARDERIAS Y JARDINES MATERNALES, la diferencia entre ambos, radica en el tema que nos ocupa, los aportes, en la calidad de los mismos.
Los jardines Maternales, poseen número de Dipregep, están habilitados por Dipregep y por ende los aportes de los docentes que se desempeñan en el establecimiento, son APORTES DOCENTES Y APORTES AL IPS.
Las guarderías, no están habilitadas por Dipregep, poseen, solo una habilitación municipal y los aportes raramente son aportes docentes, generalmente se aportan como servicios comunes al Anses.
Ahora bien, en que incide este comentario, en el docente que desea jubilarse.
Si los aportes fueron realizados como docentes, no hay problema, el inconveniente surge cuando el docente está confiado que esos años que trabajó en algún maternal son docentes, y cuando desea jubilarse, se encuentra con la situación de no tener 25 años de servicios docentes, teniendo en realidad, parte de servicios comunes y por ende no llegando al derecho jubilatorio o, al porcentaje jubilatorio deseado o, a la retribución especial más conocida como premio jubilatorio.
Consejo: Controlar siempre la calidad de los aportes, si son al IPS deben ser al 16 % , si son al Anses y figura 11 % los servicios son comunes y no Docentes.
Tenga en cuenta, que todo, finalmente, incide en el derecho jubilatorio, en el rol de caja y sobre todo EN EL HABER JUBILATORIO.-